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CONSULTA DESARROLLADA

04/01/10

MODELO 123


Autor: Anónimo

Una sociedad ha recibido prestamo en 2009 de otra, es necesario practicar retencion sobre los interese abonados, la pregunta es: ¿ el 123 necesita alta censal, y si las retenciones han de efectuarse trimestralmente o solo cuando se abonen los intereses?.

20/01/10

Anónimo

Los préstamos entre empresas sí devengan intereses (supongo que será empresas vinculadas), y se declaran en el 123. La declaración se presenta en el trimestre en que se deba producir la retención, que es cuando se deban pagar los intereses.

Si la empresa ya ha presentado otras veces el modelo 123, porque por ejemplo paga dividendos, no tienes que presentar el alta en el 036

01/02/10

ASFALTOS CHOVA, S.A.

Los prestamos entre empresas devengan intereses, y debe practicarse la correspondiente retención y la empresa que paga los interes es la que presenta el 123, la empresa que cobra los intereses aplica la retención que se deduce en la cuota del ISS. Sin embargo, si el prestamo es entre empresas que forman un grupo fiscal no se pracica retención, ni se presenta modelo 123. otra cosa, entre empresas asociadas o del grupo este tipo de operaciones son vinculadas y han de aplicarse condiciones de mercaedo realizando un infomre que justifique las condiciones aplicadas que este año se acompañara al ISS.

02/02/10

Anónimo

Creo que la exención de retener sólo es para el caso en que tributen por el "Régimen de grupo de sociedades" (Interpreto yo como consolidación de sociedades) y no por el mero hecho de pertenecer a un grupo de acuerdo con las nuevas clasificaciones. Art. 59 n) Rgto. IS.
Por otro lado. ¿está ya en vigor la justificación del precio en las operaciones vinculadas? Puede alguien indicarme la norma legal. ¿queda justificado el precio de mercado si se utiliza el precio legal del dinero establecido por el gobierno?

Ramon

06/02/10

ASFALTOS CHOVA, S.A.

Cuando me he referido a grupo fiscal me refiero a grupo de empresas que consolidan IS.
En cuanto a la justificación del tipo de interes en operaciones entre empresas creo que puedes utilizar el tipo medio soportado en tus operaciones de financiación habituales.
 
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