¿Como habría que instrumentar el pago por Cheques Guarderia, para que no constituya supuesto sujeto al pago a cta de las retribuciones en especie en el IRPF?.
Aunque sería más bien una cuestion a plantear en el apartado Social, ¿cotizaría en la Seguridad Social?
Gracias y saludos
Jose
12/03/10
Anónimo
Si cumple los requisitos para no ser retribución en especie en IRPF, también está exento de cotización.
Básicamente el requisito es que los tickets sean para guardería (hasta 3 años)