Hasta ahora los arrendamientos sujetos a retención no los incluimos en el 347 por esta declarados en otro modelo resumen. ¿Es cierto que el arrendador , segun nuevas instrucciones del 347, si debe incluirlos?
Saludos
Jose
24/03/10
Anónimo
Creo que sí. Leete la nota informativa en la página WEB de la Agencia tributária.
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Declaraciones_informativas_e_IVA/2009/NOTA_347_2009.pdf
La duda que tengo es sobre el importe:
¿Debe considerarse el importe final de la factura, es decir, después de aplicada la retención, o simplemente base más IVA sin tener en cuenta la retención?
Ramon
24/03/10
Anónimo
He consultado por teléfono, con hacienda y
- Sí, sólo el arrendador debe declararlo.
- El importe debe ser Base+IVA. La retención no entra en el cáculo.