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24/03/10

ARRENDAMIENTO EN 347


Autor: Anónimo

Hasta ahora los arrendamientos sujetos a retención no los incluimos en el 347 por esta declarados en otro modelo resumen. ¿Es cierto que el arrendador , segun nuevas instrucciones del 347, si debe incluirlos?

Saludos

Jose

24/03/10

Anónimo

Creo que sí. Leete la nota informativa en la página WEB de la Agencia tributária.
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Declaraciones_informativas_e_IVA/2009/NOTA_347_2009.pdf

La duda que tengo es sobre el importe:
¿Debe considerarse el importe final de la factura, es decir, después de aplicada la retención, o simplemente base más IVA sin tener en cuenta la retención?

Ramon

24/03/10

Anónimo

He consultado por teléfono, con hacienda y
- Sí, sólo el arrendador debe declararlo.
- El importe debe ser Base+IVA. La retención no entra en el cáculo.

Ramon

25/03/10

Anónimo

Muchas gracias

Saludos

Jose
 
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